El “concurso interno” que en Madrid está institucionalizado, en realidad no existe legalmente hablando, todos los movimientos entre cualesquiera plazas con denominación “Madrid-ciudad” son una redistribución de efectivos a efectos legales y por tanto, en teoría, pueden hacerse en cualquier momento y sin importar si estás destinado en la CGSC o en un distrito. Efectivamente el proceso es el que dices, te reclaman y tu jefe te deja irte, pero como te digo, hecha la Ley, hecha la trampa, legalmente pueden mover a quien les interesa cuando les interesa