¿Se pierde el derecho a opositar con faltas leves por hurto?

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Hola a tod@s, según tengo entendido, no se puede optar a opositar teniendo antecedentes penales, pero mi duda es la siguiente.

¿Se puede optar a opositar si el aspirante tiene faltas leves por hurto?

¿De ser así, cuantas faltas tendría que tener el aspirante para perder el derecho a opositar?

Cualquier aclaración se agradece
 
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Piroclastico

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Hola a tod@s, según tengo entendido, no se puede optar a opositar teniendo antecedentes penales, pero mi duda es la siguiente.

¿Se puede optar a opositar si el aspirante tiene faltas leves por hurto?

¿De ser así, cuantas faltas tendría que tener el aspirante para perder el derecho a opositar?

Cualquier aclaración se agradece
Primero. No existen las faltas leves por hurtos. Antes existían las faltas de hurto, ahora los delitos leves de hurto.
Segundo. El derecho a opositar no se pierde, lo que no se cumplen son los requisitos para aprobar la oposición, pero se puede opositar.
Tercero. La convocatoria lo dice claramente “no haber sido condenado por delito doloso”, ni se hace referencia a un numero de veces concretas ni se ha hecho nunca referencia, pero la convocatoria es clara “delito doloso” no distingue entre delitos leves y los que no lo son.
Quinto. Si en el caso que nos ocupa el opositor fue condenado por FALTA de hurto (antes de la reforma del CP) no estaría dentro de las causas de exclusión, primero porque no ha sido condenado por delito doloso, segundo porque las faltas NO generaban antecedentes penales.
Sexto. En caso de haber sido condenado por delito leve de hurto estaríamos a lo dispuesto en el punto tercero.
Una lectura compresiva de las bases de la convocatoria hace esta pregunta estéril.
 
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Primero. No existen las faltas leves por hurtos. Antes existían las faltas de hurto, ahora los delitos leves de hurto.
Segundo. El derecho a opositar no se pierde, lo que no se cumplen son los requisitos para aprobar la oposición, pero se puede opositar.
Tercero. La convocatoria lo dice claramente “no haber sido condenado por delito doloso”, ni se hace referencia a un numero de veces concretas ni se ha hecho nunca referencia, pero la convocatoria es clara “delito doloso” no distingue entre delitos leves y los que no lo son.
Quinto. Si en el caso que nos ocupa el opositor fue condenado por FALTA de hurto (antes de la reforma del CP) no estaría dentro de las causas de exclusión, primero porque no ha sido condenado por delito doloso, segundo porque las faltas NO generaban antecedentes penales.
Sexto. En caso de haber sido condenado por delito leve de hurto estaríamos a lo dispuesto en el punto tercero.
Una lectura compresiva de las bases de la convocatoria hace esta pregunta estéril.

Iba a contestar, pero es imposible contestar mejor de lo que acaba de hacerlo Piroclástico. Solo aprovecho para reiterar que, como bien dice él, la convocatoria habla de "no haber sido condenado", de modo que no se refiere en absoluto a los antecedentes penales, cancelados o no
 
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La pregunta , es un tanto descabellada, pero ¿ cómo piensa defender ese opositor el hurto? ¿y si son varios , tiene la poca vergüenza de presentarse a policía? Jajajaj

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La pregunta , es un tanto descabellada, pero ¿ cómo piensa defender ese opositor el hurto? ¿y si son varios , tiene la poca vergüenza de presentarse a policía? Jajajaj

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Igual esa persona hurtó unos vaqueros en el berska hace 15 años por hacer la gracia con los compis de instituto y a día de hoy es un candidato idóneo. Cuando se trata de situaciones personales no todo es blanco o negro, hay un maravillosa escala de grises.
 
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Poltar

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Igual esa persona hurtó unos vaqueros en el berska hace 15 años por hacer la gracia con los compis de instituto y a día de hoy es un candidato idóneo. Cuando se trata de situaciones personales no todo es blanco o negro, hay un maravillosa escala de grises.

Y por lo que dices esa persona cometio el error varias veces,si de mi dependiera en la vida entraría esa persona en la policía.

Menos mal que lo tendrá muy muy dificil en la entrevista.
 
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Y por lo que dices esa persona cometio el error varias veces,si de mi dependiera en la vida entraría esa persona en la policía.

Menos mal que lo tendrá muy muy dificil en la entrevista.
Ya, pero la cosa es que no depende de ti. Es curioso la imagen idealizada que tenéis de opositor con vocación desde niño y en su vida ha roto un plato. No sé tú, pero yo soy una persona normal y como tal me he equivocado mil veces en mi vida (si te lo preguntas no, no tengo hurtos ni multas por alcoholemias) pero mira por donde el código penal dice que las penas estarán orientadas en la reinserción con lo que tachar de por vida a alguien sin conocer el caso me parece cuanto menos arriesgado. :rolleyes:
 
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Y por lo que dices esa persona cometio el error varias veces,si de mi dependiera en la vida entraría esa persona en la policía.

Menos mal que lo tendrá muy muy dificil en la entrevista.
Ya, pero la cosa es que no depende de ti. Es curioso la imagen idealizada que tenéis de opositor con vocación desde niño y en su vida ha roto un plato. No sé tú, pero yo soy una persona normal y como tal me he equivocado mil veces en mi vida (si te lo preguntas no, no tengo hurtos ni multas por alcoholemias) pero mira por donde el código penal dice que las penas estarán orientadas en la reinserción con lo que tachar de por vida a alguien sin conocer el caso me parece cuanto menos arriesgado. :rolleyes:
Los dos tenéis parte de razón bajo mi punto de vista, soy de los que piensa que una cosa es cometer un error y otra ser válido para este trabajo, no se pueden mezclar ambos conceptos, pero también es cierto que yo, personalmente, entre dos opositores, uno con esa "carga" y otro que no la lleva, me quedo con el que no la lleva, la razón para mi es sencilla, prefiero al que aprende sin tener que escarmentar, no digo que vaya a ser mejor policía que el otro, pero no ha tenido que verse en esa situación, y eso para mi es un algo que debería marcar una diferencia, el otro problema aquí es que hay "errores" y "errores", soy muy crítico por ejemplo con los delitos por alcoholemia, porque literalmente le puede pasar a cualquiera, y la diferencia entre 0,59 y 0,61 es mínima, de hecho, cuando das positivo por los pelos un abogado te puede sacar de ello fácilmente (inclusive con la doble prueba y toda la pesca...), pero la detención te la has comido, y sé que el Tribunal no se ensaña con este tipo de detenciones precisamente porque son conscientes de que son cosas que le pueden pasar a cualquiera, pero fuera de eso ya es más complicado y desde luego el que hurta más de una vez es porque no escarmentó en la primera... Malo.
Creo en la reinserción... Mejor dicho, creo en el aprendizaje, porque al fin y al cabo la reinserción que te puede proporcionar pagar una multa de 60 euros es más que discutible, sin embargo el trago de verte delante de 2 policías, y la vergüenza de la situación en sí os garantizo que abre muchos ojos, lo sé bien porque hago una docena de DL de hurto al cabo del mes, y distingues perfectamente al que ha hecho una gilipollez del que no tiene vergüenza ninguna, el que ha hecho una gilipollez aprende en 5 minutos en cuanto le das una citación a su nombre para JIDL y le adviertes de que al día siguiente tiene que presentarse en el Juzgado, yo procuro ser muy muy suave con esa gente cuando trato con ella, porque como os digo se les ve en la cara, y yo no soy quien para juzgarles ni para hacérselo pasar peor, pero eso es una cosa y otra que se presenten en una entrevista al CNP frente a otros que no han pasado ese trago.
 
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Poltar

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Los dos tenéis parte de razón bajo mi punto de vista, soy de los que piensa que una cosa es cometer un error y otra ser válido para este trabajo, no se pueden mezclar ambos conceptos, pero también es cierto que yo, personalmente, entre dos opositores, uno con esa "carga" y otro que no la lleva, me quedo con el que no la lleva, la razón para mi es sencilla, prefiero al que aprende sin tener que escarmentar, no digo que vaya a ser mejor policía que el otro, pero no ha tenido que verse en esa situación, y eso para mi es un algo que debería marcar una diferencia, el otro problema aquí es que hay "errores" y "errores", soy muy crítico por ejemplo con los delitos por alcoholemia, porque literalmente le puede pasar a cualquiera, y la diferencia entre 0,59 y 0,61 es mínima, de hecho, cuando das positivo por los pelos un abogado te puede sacar de ello fácilmente (inclusive con la doble prueba y toda la pesca...), pero la detención te la has comido, y sé que el Tribunal no se ensaña con este tipo de detenciones precisamente porque son conscientes de que son cosas que le pueden pasar a cualquiera, pero fuera de eso ya es más complicado y desde luego el que hurta más de una vez es porque no escarmentó en la primera... Malo.
Creo en la reinserción... Mejor dicho, creo en el aprendizaje, porque al fin y al cabo la reinserción que te puede proporcionar pagar una multa de 60 euros es más que discutible, sin embargo el trago de verte delante de 2 policías, y la vergüenza de la situación en sí os garantizo que abre muchos ojos, lo sé bien porque hago una docena de DL de hurto al cabo del mes, y distingues perfectamente al que ha hecho una gilipollez del que no tiene vergüenza ninguna, el que ha hecho una gilipollez aprende en 5 minutos en cuanto le das una citación a su nombre para JIDL y le adviertes de que al día siguiente tiene que presentarse en el Juzgado, yo procuro ser muy muy suave con esa gente cuando trato con ella, porque como os digo se les ve en la cara, y yo no soy quien para juzgarles ni para hacérselo pasar peor, pero eso es una cosa y otra que se presenten en una entrevista al CNP frente a otros que no han pasado ese trago.

Llevas toda la razón, no somos nadie para juzgar a las personas,todos hemos cometido errores en nuestras vidas; sin embargo en este caso lo que más chirria es la reiteración, y es así entre dos opositores uno con cargas reiteradas y otro sin nada, está claro que todos elegiriamos al que no tiene nada, y más cuando existe gente de sobra para las plazas que se ofertan.
 
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Llevas toda la razón, no somos nadie para juzgar a las personas,todos hemos cometido errores en nuestras vidas; sin embargo en este caso lo que más chirria es la reiteración, y es así entre dos opositores uno con cargas reiteradas y otro sin nada, está claro que todos elegiriamos al que no tiene nada, y más cuando existe gente de sobra para las plazas que se ofertan.
Yo insisto siempre en la misma idea, casi todo se puede explicar, precisamente porque el Tribunal tiene en cuenta estas cosas, pero hay temas que son difíciles de racionalizar, hace tiempo aquí se registró una persona (con doble cuenta por cierto) para preguntar si después de una detención por atentado le tirarían en la entrevista, ambas veces no tuve problema en decírselo claramente, ni te presentes, y a alguien con varios DL de hurto le diría lo mismo, simplemente son “cargas” demasiado pesadas para explicarlas, fuera de estos supuestos habría que verlo, pero casi todo se puede explicar, un error no determina la calidad de alguien como policía.
 
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Hola a tod@s, según tengo entendido, no se puede optar a opositar teniendo antecedentes penales, pero mi duda es la siguiente.

¿Se puede optar a opositar si el aspirante tiene faltas leves por hurto?

¿De ser así, cuantas faltas tendría que tener el aspirante para perder el derecho a opositar?

Cualquier aclaración se agradece

Por poder puedes opositar... pero si llegas algún día a la entrevista, si mientes u ocultas tus antecedentes date por jodid@ y si no mientes también...

Es con alguna multa tonta por no haber llevado el dni encima algún día, o por haberse visto en alguna pelea en un partido de fútbol como agredido y conozco varios casos con más de dos entrevistas suspensas...
Pues con delitos leves de hurto, apaga y vamonos...
 
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Bueno, viendo que se ha respondido a la pregunta de forma clara, que ya llevamos varios mensajes haciendo valoraciones personales (incluido yo), y el nulo interés del autor del hilo en la respuesta a su pregunta o en aportar algo más a esta tribuna cierro el tema.
 
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