
docalmeria
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Sí, yo tambien he estado mirando esa pregunta y también lo veo como tú.la pregunta 57 da como válida la b), pero de siempre he entendido que el estado de alarma sí podrá limitar derechos (por ejemplo el de circulación), lo que no puede es suspenderlos, quedando esto en poder de los estados de excepción y sitio. Por más que lo miro en mi temario sigo pensando que la correcta es a).
Menos mal que encuentro a alguien que opina como yo xD. Escucho impugnaciones pero de esta no se habla, y la veo muy clara!Sí, yo tambien he estado mirando esa pregunta y también lo veo como tú.
Otra que dudaba, tengo entendido que la emancipación es a los 16 años...Chicos que os parece la pregunta del menor de 14 años emancipado para poder optar a la vecindad civil?
Me parece bien que con 14 años se pueda optar a la vecindad civil (que ni lo he mirado y no sé si es correcto), pero se puede estar emancipado con 14 años?? Todas las respuestas pone lo de la emancipación. ¿Podría ser eso impugnable?
la pregunta 57 da como válida la b), pero de siempre he entendido que el estado de alarma sí podrá limitar derechos (por ejemplo el de circulación), lo que no puede es suspenderlos, quedando esto en poder de los estados de excepción y sitio. Por más que lo miro en mi temario sigo pensando que la correcta es a).
Yo no solo opino igual que vosotros sino que podría decir seguro que es así y personalmente en el caso de estar mal corregida me dolería en el alma que se impugnase en vez de modificar la corrección y dárnosla por buena, pero compis para eso habrá que esperar.Sí, yo tambien he estado mirando esa pregunta y también lo veo como tú.
Lo siento, pero la correcta es la opción "b" (Ver Ley Orgánica 4/2000, Artículo 5.2). La limitación en los tres estados es para los españoles.Totalmente deacuerdo con vosotros, esa pregunta es correcta la opcion A, puesto que el estado de alarma puede limitar al igual que los otros ese derecho. Lo que no puede es suspender. Por lo tanto es totalmente impugnable y seria lo correcto no eliminarla puesto q hay una opcion correcta entre las que se dan, seria un error eliminarla.
Esta pregunta no es impugnable. Ver Artículo 14 del Código Civil. LiteralChicos que os parece la pregunta del menor de 14 años emancipado para poder optar a la vecindad civil?
Me parece bien que con 14 años se pueda optar a la vecindad civil (que ni lo he mirado y no sé si es correcto), pero se puede estar emancipado con 14 años?? Todas las respuestas pone lo de la emancipación. ¿Podría ser eso impugnable?
Entonces estás diciendo que cuando se declare el estado de alarma pueden limitarnos (a nosotros los españoles) el derecho a circular, sin embargo al extranjero se le permitirá circular libremente por el hecho de ser extranjero, ¿no? Lo siento pero no tiene ningún sentido.Lo siento, pero la correcta es la opción "b" (Ver Ley Orgánica 4/2000, Artículo 5.2). La limitación en los tres estados es para los españoles.
Entiendo tu razonamiento. El artículo 19 de la Constitución dice que el derecho de circulación no podrá ser limitado a los españoles por motivos políticos o ideológicos. De ahí se deduce que puede ser limitado por otras razones, como las que motivarían un estado de alarma (catastrofe, epidemia, etc).Entonces estás diciendo que cuando se declare el estado de alarma pueden limitarnos (a nosotros los españoles) el derecho a circular, sin embargo al extranjero se le permitirá circular libremente por el hecho de ser extranjero, ¿no? Lo siento pero no tiene ningún sentido.
Es cierto que en la ley que citas aparece excepción o sitio, pero en la pregunta no aparece dicha ley, por tanto puedes basarte en la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio.
No sé si es impugnable o no, pero lo cierto es que es una pregunta algo ambigua.
El artículo 11 de la LO 4/81 habla de limitar ese derecho a las personas, sin especificar españolas o extranjeras. No sé si es eso a lo que te refieres. Yo no he querido mencionar la L.O. 4/81, porque, en teoría, no entra en el programa del temario, aunque todos sabemos que de esta ley ya han sacado varias preguntas. Y como no entra en el programa no puede utilizarse como base para presentar una impugnación, así, al menos, lo veo yo.Por favor haz el favor de leer el articulo 11 de la ley organica 4/81 que es el que procede en esa pregunta. Un saludo.