
Cenepeando
Policía Alumno
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- 22 Mar 2019
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Se ve que están muy desprotegidos jurídicamente y también profesionalmente, si se crearon con un propósito específico pero actualmente se utiliza la figura de auxiliar para sustituir a un agente entonces ya ese propósito se ha desvanecido y solo supone un beneficio económico para las administraciones locales en detrimento de la seguridad de los propios agentes y del ciudadano.El resumen de la de figura de auxiliar de policía en Galicia lo acaba de resumir perfectamente el compañero espartanocnp , es una figura personal laboral temporal ( cada contrato lo inicias con una oposición temario y físicas ) y aunque nació según la ley para funciones de apoyo y auxilio a agentes del cuerpo, en la mayoría de sitios eres uno más con la diferencia que hoy estás y mañana vas a al paro.
Tienes un inseguridad jurídica trabajando tremenda y personal también ( medios etc ) y sobretodo mucha gente ya "huele" que el que no lleva pistola es "más" gratis a la hora de atentado etc ( algunos jueces consideran la agresión a agente por el tema de tener tío y estar trabajando en policía pero yendo a los literales no tendrias ni mucho menos la figura de agente de autoridad).
Al final estás siempre en la calle de pareja del que está en pico ( o al que nadie aguanta), cubriendo el hueco de un agente de baja, de una plantilla que mantiene servicio 24h con menos de 10 policías y resto auxiliares o patrullas de solo auxiliares o lo que es peor un auxiliar solo... El problema es que al estar solo evitas complicaciones etc pero un accidente de tráfico tienes que ir etc, y son situaciones inertes que a veces se complican ( además de realizar el atestado tu mismo etc ).
Son trabajadores más baratos para los ayuntamientos y así durante el periodo que no están contratados se ahorran el sueldo de un funcionario todo el año.
Estos sitios muchos de 20.000hab suele haber una pareja de gc prestando servicio y otras tantas no la tienen ( andan mal de efectivos también ) o está ocupada y te comes lo que surja y buenamente puedas arreglar.
Básicamente llevas ostias de todos los lados, del ayuntamiento o del cuerpo ( si no actuas bien y te extralimitas o si no lo haces ), de clientes habituales etc.
Por contra se aprende bastante y hay grandes compañeros, y luego como todo hay sitios que se te valora muchísimo y en la gran mayoría eres el comodín y punto.
Gracias por las respuestas! Ya aclarado, es una figura desconocida y al leeros me surgió la curiosidad.Buenas tardes Compañera! Te explico:
La figura del Auxiliar de Policía Local se creo, hace unos cuantos años (por lo menos en Galicia) para poder dar servicio en núcleos de población que sufrieran un notorio aumento de población en épocas estivales, y que por la escasez de miembros de su plantilla, el servicio pudiera verse comprometido. El tiempo de contratación máximo de un auxiliar son 6 meses, en calidad de personal laboral temporal (aunque conozco casos en los que han prestado servicio periodos mayores). Al principio, solo era para este tipo de Ayuntamientos, pero a dia de hoy, a excepción de ciudades grandes, casi todos los Ayuntamientos contratan auxiliares durante todo el año, por la escasez de personal. Vestimos la misma indumentaria que un agente, con la excepción que en la parte trasera del polo debería de poner auxiliar Policía Local, pero muchos ayuntamientos no lo cumplen (es el caso de todos en los que yo he prestado servicio). Se accede por oposición libre.
Diferencias: Somos personal laboral temporal, nuestra función es apoyo y auxilio al agente de la autoridad con el que "siempre" tienes que estar acompañado (he prestado servicio con otro auxiliar varios turnos). No portamos arma de fuego pero si defensa policial tanto semirigida como extensible, spray de defensa y en algunos sitios taser, además del material habitual en un cinturón policial (grilletes, navaja etc..) Pertenecemos a la escala C2 y no ala C1. No adquirimos ningún tipo de baremo o mérito para el acceso a una plaza fija.
Practicamos detenciones, denunciamos infracciones de tráfico, realizamos controles de alcoholemia, informes y en varios sitios atestados de tráfico entre otras funciones.
Es una figura desconocida, en mi entrevista de este año, tardaron en entender lo que era jejeje.
Seguro que me dejo algo más, pero es esto a grandes rasgos. Nuestro compañero @mclovin también puede ilustrarnos y comentarnos acerca de esta figura tan desconocida. Un saludo
Buenas tardes compañero:Le han contestado a alguien ya?
A mi me han contestado hoy denegandomeloBuenas tardes compañero:
Aún no he recibido respuesta. Sé que la petición ha salido de mi Regimiento porque tengo el resguardo de salida, con lo cual imagino que estará en camino. Cuando tenga respuesta compartiré con los demás.
Saludos.
Buenas compañero, ¿te han motivado la denegación? ¿Alguna explicación en concreto?A mi me han contestado hoy denegandomelo
Buenas tardes:A mi me han contestado hoy denegandomelo
Cuando llegue a casa intento subir la respuesta y mi peticion para que echeis un vistazo, en resumen se han agarrado al art que dice que resciendo por entrar en la policiaBuenas tardes:
Cuéntanos si es posible la justificación que te han dado, me pica la curiosidad.
Saludos.
Si, al jurar tendrías un trienio de soldado y dos años en CNPHola compis:
¿Sabéis si al llevar 3 años en el ejército se percibiría trienio después de jurar el cargo? ¿Y de prácticas?
BuenasBuenas tardes Crilinnn:
Yo ahora mismo estoy asesorándome con abogados que llevan asuntos militares y contecioso-administrativo. Lo que me indican es que habría que presentar una instancia o trámite similiar al Ministerio de Defensa en la cual uno solicitara el precepto que indica el artículo 2 del RD 741/2013: "A los efectos retributivos que regula este real decreto, los funcionarios en prácticas aspirantes a ingresar en el Cuerpo Nacional de Policía que ya estuvieren prestando servicios remunerados en la Administración Pública como funcionarios de carrera o interinos o como personal laboral, deberán optar a la fecha de ingreso en los centros docentes por percibir, con cargo a la Administración u organismo público vinculado o dependiente al que estén adscritos los puestos de trabajo de origen, las retribuciones correspondientes al puesto que estuvieren desempeñando hasta el momento de su nombramiento como funcionarios en prácticas, además de los trienios que tuvieren reconocidos; o las previstas en el párrafo anterior, además de los trienios reconocidos". Lo cual estoy empezando a barajar como una opción; sabedor de que hasta ahora no hay ningún antecedente y asumiendo que puede ser en vano. Como dije en uno de los mensajes anteriores, seguramente algo muy parecido le dirían a ese opositor que con 52 años y después de recurrir el resultado de la entrevista para esta oposición la superó https://www.elnortedecastilla.es/avila/apto-policia-anos-20181124195017-nt.html. Seguramente algo muy parecido les dirían a aquellos que hace unos años empezaron a luchar por la equiparación salarial entre las FF. CC. de S. del Estado y el resto de Policías Autonómicas y Locales.
En cuanto tenga más información sobre este tema la compartiré.
Saludos.
Muchas gracias Piroclastico!!! Y una última duda: para que el trienio de soldado se reconozca, ¿hay que hacer algún trámite en Ávila o en el destino? ¿O solicitar algún tipo de documentación en la unidad antes de causar baja previa incorporación a la ENP?Si, al jurar tendrías un trienio de soldado y dos años en CNP
Al jurar tienes que presentar una especie de certificado de servicios prestados que dará tu subdefe acompañado de una instancia donde pides que se te compute ese tiempo a efectos de trienios, suelen resolver muy rápidoMuchas gracias Piroclastico!!! Y una última duda: para que el trienio de soldado se reconozca, ¿hay que hacer algún trámite en Ávila o en el destino? ¿O solicitar algún tipo de documentación en la unidad antes de causar baja previa incorporación a la ENP?