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Duda con antecedentes antes de la convocatoria

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7 Sep 2013
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Re: Re: Duda con antecedentes antes de la convocatoria

vercetti dijo:
migue_coco dijo:
Quizas me equivoque, pero tenia entendido que hasta 0,6 es administrativo y desde 0,6 es penal.
Que alguien me corrija, pero yo recuerdo eso.

Así es pero hay un margen de error. Si por ejemplo fue 0.62 y le aplican dicho margen (creo que un 15%) ya no sería delito.

Enviado desde mi LT26i usando Tapatalk 4

Sí, hay un margen de error de 7,5 % pero cuando ha tenido un juicio es porque ha sido un delito, de lo contrario le habrían sancionado con una multa, retirada de carnet, perdida de puntos y si nadie ha podido hacerse cargo del vehículo la correspondiente sanción por la retirada de este.
 
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8 Mayo 2012
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migue_coco dijo:
Existen juicios por faltas...

Sí, pero la persona que hizo la pregunto especificó lo del delito doloso, lo que quiere decir que está relacionado con un delito contra la seguridad vial, y en este ámbito, no existen las faltas.

Nada tiene que ver la sanción administrativa.
 
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10 Jul 2013
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totti-vlc dijo:
migue_coco dijo:
Quizas me equivoque, pero tenia entendido que hasta 0,6 es administrativo y desde 0,6 es penal.
Que alguien me corrija, pero yo recuerdo eso.

tienes razón si te dan el alto en un control tienes el margen que todos conocemos que es a partir de 0'25 te llevas una multa, pierdes puntos, etc y si das 0'60 se entiende que conduces bajo la influencia del alcohol y es un delito, puede ocurrir que aunque no des 0'60 el agente considere que estas bajo la influencia del alcohol y igualmente sea un delito aunque des 0'40 ..

Volviendo al tema del hilo, ha sido condenado por un delito doloso y por ahora no podrá presentarse, cierto que ha llovido mucho y puede haber madurado mucho, pero que se prepare bien porque en la entrevista personal van a ser bastante duros con él.

Suerte y ya nos cuentas que tal! un saludo.

Eso no puede ocurrir.
 
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10 Sep 2012
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Pues ya puede preparar bien la entrevista, porque su historial lo van a tener SI o SI, y si encima fue un accidente , bebido y tal.... muy dificil lo veo yo....
 
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7 Sep 2013
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Drizzt dijo:
totti-vlc dijo:
migue_coco dijo:
Quizas me equivoque, pero tenia entendido que hasta 0,6 es administrativo y desde 0,6 es penal.
Que alguien me corrija, pero yo recuerdo eso.

tienes razón si te dan el alto en un control tienes el margen que todos conocemos que es a partir de 0'25 te llevas una multa, pierdes puntos, etc y si das 0'60 se entiende que conduces bajo la influencia del alcohol y es un delito, puede ocurrir que aunque no des 0'60 el agente considere que estas bajo la influencia del alcohol y igualmente sea un delito aunque des 0'40 ..

Volviendo al tema del hilo, ha sido condenado por un delito doloso y por ahora no podrá presentarse, cierto que ha llovido mucho y puede haber madurado mucho, pero que se prepare bien porque en la entrevista personal van a ser bastante duros con él.

Suerte y ya nos cuentas que tal! un saludo.

Eso no puede ocurrir.

Art. 379.2 CP: Conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas -> Prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años

Art. 379.2 CP: Conducción con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 mg/l ---> Prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años


Sigues pensando que eso no puede ocurrir¿?
 
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10 Jul 2013
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Digo que no puede ocurrir porque el agente no es el que decide si es un delito. Me sé el CP bastante bien, los temas de la ejecutiva dan para mucho, pero no iba por ahí.
 
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8 Mayo 2012
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Drizzt dijo:
Digo que no puede ocurrir porque el agente no es el que decide si es un delito. Me sé el CP bastante bien, los temas de la ejecutiva dan para mucho, pero no iba por ahí.

A lo que se refería el compañero es que el agente considere que conduce bajo los efectos del alcohol aunque no supere los 0,60. Evidentemente, no es él quien decide si se ha cometido delito o no, eso es una función exclusiva del juez, evidentemente.

Eso sí, como el agente justifique adecuadamente esa conducción bajo los efectos del alcohol y escriba como se debe escribir el atestado, le cae el 379 sí o sí; además, las diligencias de alcoholemia prácticamente te lo dan todo hecho, es marcar una cruz en cada cuadrado y punto. Luego copias al atestado y verás como sí que se le imputa.
 
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19 Abr 2012
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belecumbe dijo:
Si la condena tuvo que ver con el consumo de alcohol, entonces es un delito. No existen las faltas contra la seguridad vial.

tener cuidado con la velocidad en la carretera que si os pasais de velocidad es delito y os quedais fuera de la oposicion
 
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11 Sep 2011
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Estaría interesado en haber si alguien con un verdadero conocimiento me pudiera resolver la duda:

hace 6 años, cometí un delito, hubo juicio y sentencia.

Tras pasar el tiempo oportuno, he cancelado los antecedentes policiales y penales. Puedo opositar con toal libertad como cualquier otro civil? Por que leo a gente que dice que en la entrevista lo sabrían, entonces que finalidad tendría el cancelar los antecedentes? no se suponen que al cancelarlos, se borran?
 
Estaría interesado en haber si alguien con un verdadero conocimiento me pudiera resolver la duda:

hace 6 años, cometí un delito, hubo juicio y sentencia.

Tras pasar el tiempo oportuno, he cancelado los antecedentes policiales y penales. Puedo opositar con toal libertad como cualquier otro civil? Por que leo a gente que dice que en la entrevista lo sabrían, entonces que finalidad tendría el cancelar los antecedentes? no se suponen que al cancelarlos, se borran?
La pregunta clave es ¿fuiste detenido por el CNP?
 
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11 Sep 2011
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qué tiene que ver el haber sido detenido o no?

mis antecedentes tanto penales como policiales han sido cancelados
 
qué tiene que ver el haber sido detenido o no?

mis antecedentes tanto penales como policiales han sido cancelados
Muy sencillo, los antecendentes penales y policiales NO incluyen el atestado, si has sido detenido por el CNP tu atestado sigue pudiendo consultarse y por tanto es altamente probable que sepan que has sido detenido.

Por otra parte paso a pegarte aquí lo que dicen las bases de la convocatoria:
"e) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración autonómica, local o institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas."
Aunque hayas cancelado tus antecedentes policiales y penales tu ya no cumples ese requisito, por tanto, ten en cuenta que aún cuando no descubrieran durante el proceso inicial que has sido condenado, de descubrirlo durante tu estancia en Ávila o el periodo de prácticas, lo más probable es que fueras expulsado del proceso, ya que como te digo, no cumples uno de los requisitos.
 
Última edición por un moderador:
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11 Sep 2011
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Échale cuenta que sabe mejor de lo que habla que tú, que yo y casi todo el foro por no decir entero.

creo que no debe de saber tanto, cuando la DFP me respondió a mi pregunta: sí, con los antecedentes cancelados se puede opositar.

a quién de los dos debo creer? a la división de formación y perfeccionamiento o a la respuesta de un forero que no conozco?

Prefiero que sea el tribunal quien me diga que no apruebo, si es que alguien tiene algo que decir al respecto.
 
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alvaroaam93

Contra la adversidad da lo mejor de ti.
POLICÍA
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28 Mayo 2014
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creo que no debe de saber tanto, cuando la DFP me respondió a mi pregunta: sí, con los antecedentes cancelados se puede opositar.

a quién de los dos debo creer? a la división de formación y perfeccionamiento o a la respuesta de un forero que no conozco?

Prefiero que sea el tribunal quien me diga que no apruebo, si es que alguien tiene algo que decir al respecto.
Tú mismo.
 
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creo que no debe de saber tanto, cuando la DFP me respondió a mi pregunta: sí, con los antecedentes cancelados se puede opositar.

a quién de los dos debo creer? a la división de formación y perfeccionamiento o a la respuesta de un forero que no conozco?

Prefiero que sea el tribunal quien me diga que no apruebo, si es que alguien tiene algo que decir al respecto.

Tu has hecho una pregunta... yo te he respondido, ignoro el porqué en la DFP te han dicho lo que te han dicho porque desde luego, como puedes leer, las bases son muy claras al respecto, a mi me es indiferente que te creas lo que te digo o no, como bien dices, no nos conocemos de nada, ni me va ni me viene, tu preguntabas si lo pueden saber, y yo te he contestado la verdad, si fuiste detenido por el CNP, es altamente probable que tu atestado figure, y por tanto, que se pueda consultar, porque como te digo, nada tiene que ver eso con una consulta de antecedentes (y por ende con el borrado de los mismos), a partir de ahí, ya es cosa tuya el cómo proceder, en el Biodata te preguntarán, de una forma u otra si has estado en comisaría, si les mientes y te pillan, se acabó el juego... como ves hablo siempre de probabilidades, si por aquel entonces eras menor, es menos probable que tengan acceso a algún dato, si te detuvo la GC, es poco probable que lo sepan, inclusive puede que aún habiéndote detenido el CNP y figurando tu atestado, una búsqueda no den con el, poco probable, pero puede ocurrir.
Hablas de que quizás no sé tanto... nunca he ocultado lo que soy y que sé lo que sé, mis palabras tienen el valor que tienen, nada más.
Por otra parte... sé de un caso, no hace tanto, de una persona a la que condenaron por delito doloso (No relacionado con el servicio) pocos días antes de jurar el cargo, hoy no es Policía, si ese caso es asimilable al tuyo, yo no puedo valorarlo, insisto, las bases ponen lo que ponen, no invento nada... no obstante, yo no he dicho que no puedas opositar, he dicho que NO cumples un requisito, tu puedes presentarte a todas las pruebas y pasarlas, inclusive lograr el APTO y jurar el cargo... pero sigues sin cumplir ese requisito, con las consecuencias que puede acarrear durante los dos años que dure el periodo de formación.
Para terminar, entiendo que si acudes a preguntar es porque lo que te han contestado no ha terminado de dejarte tranquilo, bien, te repito que yo te contesto de lo que sé, si te quedas más tranquilo con otras respuestas tú mismo, me reitero en mi consejo, yo de ti no mentiría en la entrevista si me preguntan, porque si te pescan estarás fuera.
 
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21 Abr 2016
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Buenas noches a todos, tengo una duda.

Si eres condenado por un delito contra la seguridad vial por accidente con alcoholemia, con dos años de antecedentes.
Pasados los dos años y solicitada la retirada de antecedentes, ¿puedes presentarte a oposiciones del CNP?
 
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