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- 1 Sep 2008
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juan ramon dijo:ok gracias es que tengo un temario de la academia y venian 6 tipos de domicilio y en etro temario venian lo tres que tu me as dicho



cicerone dijo:Definición en sentido juriídico se integra por dos elementos: "la residencia efectiva" y "la habitualidad".
Tipos:
- Real o voluntario. El domicilio de las personas naturales es el lugar de residnecia habitual.
- Legal o necesario: El que impone la Ley y se deriva de la subordinación a la persona con la que se vive o de la que se depende.
- Especial o electivo: Es el que se escoge para la ejecución de un acto, llevar a cabo una operación y en caso de litigio someter a Tribunales de un determinado lugar.