• Acreditación Policías Alumnos

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error en el nuevo regimen disciplinario del cnp en el boe

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19 Feb 2009
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hola compañeros ayer estuve mirando el nuevo regimen y me di cuenta de lo que creo que es un error no estoy seguro asi que lo comparto con vosotros para que me deis vuestra opinión.
-primero quiero que os fijeis en el apartado de las SANCIONES que es el art. 10 y pone textualmente .....puedwn imponerse por la comision de faltas MUY GRAVES
1.separacion del servicio(hasta aqui vamos bien) y ahora biene lo que me interesa
2. suspension de funciones desde tres MESES y un dia hasta un maximo de seis años 8
3.traslado forzoso
y ahora quiero que os vayais al apartado COMPETENCIA SANCIONADORA que es el art. 13 y hos vayais al punto dos donde pone....
2.para la imposicion de las sanciones de suspension de funciones de tres AÑOS y un dia a seis años y de traslado forzoso por faltas MUY GRAVES, el secretario de estadode seguridad
y no acaba aqui la cosa que va despues te pone
3.para la imposicion de la sancion de de suspension de funciones hasta tres AÑOS por faltas MUY GRAVES .........(y sigue la cosa)y en el apartado de SANCIONES(art.10) no hay ninguna falta MUY GRAVE hasta tres AÑOS
OSEA QUE TENGO LA PICHA ECHA UN LIO POR FAVOR AYUDARME JEJE
 
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17 Dic 2009
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reserva_del_86 dijo:
hola compañeros ayer estuve mirando el nuevo regimen y me di cuenta de lo que creo que es un error no estoy seguro asi que lo comparto con vosotros para que me deis vuestra opinión.
-primero quiero que os fijeis en el apartado de las SANCIONES que es el art. 10 y pone textualmente .....puedwn imponerse por la comision de faltas MUY GRAVES
1.separacion del servicio(hasta aqui vamos bien) y ahora biene lo que me interesa
2. suspension de funciones desde tres MESES y un dia hasta un maximo de seis años 8
3.traslado forzoso
y ahora quiero que os vayais al apartado COMPETENCIA SANCIONADORA que es el art. 13 y hos vayais al punto dos donde pone....
2.para la imposicion de las sanciones de suspension de funciones de tres AÑOS y un dia a seis años y de traslado forzoso por faltas MUY GRAVES, el secretario de estadode seguridad
y no acaba aqui la cosa que va despues te pone
3.para la imposicion de la sancion de de suspension de funciones hasta tres AÑOS por faltas MUY GRAVES .........(y sigue la cosa)y en el apartado de SANCIONES(art.10) no hay ninguna falta MUY GRAVE hasta tres AÑOS
OSEA QUE TENGO LA PICHA ECHA UN LIO POR FAVOR AYUDARME JEJE
si es la primera vez que lo tocas es más fácil....,pero si ya te has estudiado el antiguo te recomiendo que cojas el antiguo y el nuevo y lo compares y veas lo que cambia para no hacerte un lio el si te lo preguntan el día del examen,además el compañero komkeder nos hizo un magnifico resumen del tema.. http://www.mallorcaweb.net/cbcalvia/cnp/4-2010.pdf :wink:
 
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19 Feb 2009
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y de donde a sacado lo de las CANCELACIONES por que en el nuevo no viene en el antiguo si pero este no viene nada



joder lo hacen para mejorarlo y lo hacen incompleto .............españa va bien señores/as
 
reserva_del_86 dijo:
y de donde a sacado lo de las CANCELACIONES por que en el nuevo no viene en el antiguo si pero este no viene nada



joder lo hacen para mejorarlo y lo hacen incompleto .............españa va bien señores/as

lo de las cancelaciones sale en el nuevo, exactamente en el articulo 50.2 de la LO 4/2010

mi resumen esta sacado TODO de la nueva ley, no he mirado la vieja para nada, me la lei de pies a cabeza, subraye e hice el resumen
 
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17 Dic 2009
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komkeder dijo:
reserva_del_86 dijo:
y de donde a sacado lo de las CANCELACIONES por que en el nuevo no viene en el antiguo si pero este no viene nada



joder lo hacen para mejorarlo y lo hacen incompleto .............españa va bien señores/as

lo de las cancelaciones sale en el nuevo, exactamente en el articulo 50.2 de la LO 4/2010

mi resumen esta sacado TODO de la nueva ley, no he mirado la vieja para nada, me la lei de pies a cabeza, subraye e hice el resumen
exacto compañero reserva del 86 con el resumen de komkeder "vas que te matas", como se dice por aqui... :lol: :wink:
 
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14 Jul 2011
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Re: error en el nuevo regimen disciplinario del cnp en el bo

Hola una duda que me ha surgido cuando he leído el resumen de Ley Orgánica 4/2010.

¿Qué diferencia hay entre perdida negligente arma o identificación(Falta grave) y extravío simple negligencia identificación o arma(Falta leve)?

Osea que si pierdo mi arma o indentificación ¿qué tipo de falta me sería impuesta?
 
Re: error en el nuevo regimen disciplinario del cnp en el bo

Si pierdes el arma o identificacion porque lo has dejado encima de una mesa y alguien lo ha cogido es una perdida negligente por lo tanto falta grave, si un carterista te la roba es simple negligencia por lo tanto falta leve, usease si podia haberlo evitado es negligente si es porque alguien se lo ha currado para quitartelo es simple negligencia... mas o menos es asi
 
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