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angelillomen dijo:una duda que me surgió en esta pregunta, contestad y razonad please!!
La autorización para que el rey pueda declarar la guerra o hacer la paz, corresponde:
a)A las Cortes Generales
b)Sólo al Congreso de los Diputados por mayoría absoluta
c)No necesita autorización de nadie por ser el Jefe del Estado
Gracias!

calebmds dijo:angelillomen dijo:una duda que me surgió en esta pregunta, contestad y razonad please!!
La autorización para que el rey pueda declarar la guerra o hacer la paz, corresponde:
a)A las Cortes Generales
b)Sólo al Congreso de los Diputados por mayoría absoluta
c)No necesita autorización de nadie por ser el Jefe del Estado
Gracias!
Corresponde al Rey, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz, conforme determina la Constitución en su artículo (art.) 63.3.
En la b) tienes que ver la palabra "sólo", que es la que marca la diferencia.


Tomás López dijo:Claro, para que una ley sea válida debe ser sancionada,promulgada y publicada, pero se considera como nacida (por así decirlo) el día de que es sancionada, por ejemplo el EBEP es Ley 7\2007 del 12 de abril pero entra en vigor el 14 de abril.

angelillomen dijo:una duda que me surgió en esta pregunta, contestad y razonad please!!
La autorización para que el rey pueda declarar la guerra o hacer la paz, corresponde:
a)A las Cortes Generales
b)Sólo al Congreso de los Diputados por mayoría absoluta
c)No necesita autorización de nadie por ser el Jefe del Estado
Gracias!


Elketenga dijo:La pregunta está bien hecha, está sacada del artículo 53 de la CE, que dice:
Artículo 53.
1. Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo II del presente Título vinculan a todos los poderes públicos. Sólo por Ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161.1.a.
2. Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el artículo 14 y la Sección primera del Capítulo II ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Este último recurso será aplicable a la objeción de conciencia reconocida en el artículo 30.
3. El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo III, informará la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las Leyes que los desarrollen.
Como correcta, yo también hubiese marcado la B.


chrysomia albiceps dijo:debatiendo se sacan conclusiones jeje, ;-)
lee de nuevo la pregunta elketenga y disculpa porque no me refería a máxima protección judicial sino a la máxima protección, que las garantías de la constitución otorga a los derechos y libertades, y no es otra que su regulación por ley orgánica. Por lo cual en este caso el artículo 14 no sería regulado por ley orgánica. De ahí que la pregunta esté mal hecha.