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Preguntas EXTRANJERÍA Y PROTECCIÓN INTERNACIONAL (Temas 10, 11 y 12)

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Unido
4 Jul 2015
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Buenas gente! Qué temario recomendáis para los temas 10, 11 y 12? Estaba con OCS y antes que pegarme un tiro por su extensión, prefiero preguntar si hay alguna opción mejor (y eso incluye que sea un poquito más abreviada):(

Yo sin cobrar comisiones de parte de ninguna editorial te diré que en mi caso me fueron bien Mad y Jurispol, el segundo más extenso que el primero pero sin llegar a los niveles de OCS (sobre este temario hablo de oidas). Y si quieres cosas sintetizadas, un esquema de Mad y añade el BOE y enlaces oficiales donde no se andan por las ramas. Yo es lo que hice.
 
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Unido
18 Oct 2017
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Así a bote pronto y de cabeza, diferenciar ambas:

- Expulsión: se encuentra en España
- Devolución: a los efectos no ha entrado en España, pretendiendo hacerlo de forma ilegal (pretende evitar la contravención del ordenamiento jurídico de extranjería, por lo que no comporta en sí misma una sanción sino una medida gubernativa de reacción inmediata frente a una perturbación del orden jurídico). También es una forma expresa de expulsión
- Retorno: se acuerda cuando a un extranjero se le deniega la entrada en España por no reunir los requisitos exigidos para autorizar el acceso

Espeto haberte ayudado, lo mismo preguntabas otra cosa
Devolucion es lo que se aplica al previamente expulsado que esta en territorio nacional
 
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Unido
2 Mayo 2016
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Descendientes del cónyuge

Menores de 21 años o ha cambiado a menores de 18 años?

He visto varias preguntas de tests con respuestas de 18 años.

¿Dependientes menores de 21 años?

Incapaces a cualquier edad, si no recuerdo mal.
 
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17 Nov 2018
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Hola compañeros.
¿Alguien sabe si el procedimiento "por infracciones y sanciones en el orden social" se aplica a infracciones muy graves? En mi temario tengo escrito que la 54.1 D y la 54.1 F tienen su instrucción atribuida a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y que esta hace el procedimiento "por infracciones y sanciones en el orden social", sin embargo creo que este órgano de instrucción solo da multas y que en las infracciones muy graves siempre debe caber la posibilidad de expulsión, lo cual no me cuadra entonces por quien sería la expulsión o si el procedimiento "por infracc. ..." debe estar ahí.
Tengo algo de lío con este tema :-(
 
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Unido
17 Nov 2018
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Descendientes del cónyuge

Menores de 21 años o ha cambiado a menores de 18 años?

He visto varias preguntas de tests con respuestas de 18 años.

¿Dependientes menores de 21 años?

Incapaces a cualquier edad, si no recuerdo mal.
La normativa comunitaria se aplica a comunitarios, y a sus menores dependientes de 21 (o del cónyuge), para los demás extranjeros, la reagrupación, se aplica a sus menores de 18. No sé si eso responde a lo que preguntas
 
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1 Ene 2019
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Buenas, en primer luegar, ánimo a todos, en nada tenemos las plazas. En segundo, quería preguntar sobre el tema 12 PROTECCIÓN INTERNACIONAL. Sabéis si hay algún cambio relevante? Estoy con el temario de Jurispol 2018 y tengo la duda de si ha podido haber cambios en este tema. Gracias de antemano!
 
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decai

Policía Alumno
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24 Ago 2017
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Tengo una duda. ¿Qué diferencia hay entre residencia de larga duración y residencia de permanencia? En mi temario pone que la residencia de permanencia es indefinida y se pierde por ausencia continuada de 2 años del territorio español, y la residencia de larga duración por la ausencia de 12 meses continuados. He visto un video en youtube y dice que es lo mismo, solo que la nueva ley ya no se habla de residencia permanente sino de larga duración o_Oo_Oo_O. Adjunto vídeo.
 
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MaximoDecimo

Ok, let's roll
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Tengo una duda. ¿Qué diferencia hay entre residencia de larga duración y residencia de permanencia? En mi temario pone que la residencia de permanencia es indefinida y se pierde por ausencia continuada de 2 años del territorio español, y la residencia de larga duración por la ausencia de 12 meses continuados. He visto un video en youtube y dice que es lo mismo, solo que la nueva ley ya no se habla de residencia permanente sino de larga duración o_Oo_Oo_O. Adjunto vídeo.

Ahora mismo y sin tener el temario delante, te puedo decir que la diferencia esencial está en que la única modalidad de residencia "larga" que recoge la LO 4/2000 es la residencia de larga duración. El término residencia permanente es propio de la 240/2007, es decir, es aplicable sólo al régimen comunitario. Por tanto no son lo mismo.
 
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Canomo4

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20 Nov 2018
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Hola , tengo una duda que no consigo resolver.

¿ Alguién sabe la diferencia entre SEGURIDAD PÚBLICA Y SEGURIDAD NACIONAL?

Un saludo,
 
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Unido
14 Ene 2017
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Hola , tengo una duda que no consigo resolver.

¿ Alguién sabe la diferencia entre SEGURIDAD PÚBLICA Y SEGURIDAD NACIONAL?

Un saludo,
Supongo que la publica se refiere a lo relacionado con el trabajo de las FCS y la Nacional engloba también a las FFAA en caso de guerra, y cosas de ese estilo.

Enviado desde mi POCOPHONE F1 mediante Tapatalk
 
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Canomo4

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Gracias, mirándolo así..
Según la 2/86 la seguridad pública corresponde al Gobierno a través de las FFCCSS.
La seguridad nacional puede englobar FFAA, CNI...etc
 
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28 Ago 2019
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Buenas. Pregunta sobre arraigos. Tanto el arraigo social como el arraigo laboral requieren, entre otras cosas, que el extranjero haya residido en España de forma continuada. En el caso del laboral, requiere dos años de permanencia continuada, y en el caso del social 3 años. Entendemos que dichos extranjeros se encuentran en una situación irregular. Estas situaciones son penalizadas como faltas graves.

Entonces, ¿Sé le otorga al extranjero la residencia por arraigo y al mismo tiempo se le penaliza? ¿O es eximido de la falta?


Gracias
 
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Manu17

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6 Sep 2019
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Buenas, a ver si alguien tiene más información respecto al periodo de restablecimiento y reflexión para las víctimas de trata de seres humanos.
Según el art 59 bis de la LO4/2000 establece que son al menos 90 días.
Pero he visto en un protocolo marco de la policía que será de mínimo 30 días.
¿Alguien que me sepa decir cuál de las dos es buena? O si me he perdido algo de información que me aporte la Ley, Reglamento, etc. para buscarlo.
Muchas gracias!
 
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Manu17

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6 Sep 2019
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Buenas, a ver si alguien tiene más información respecto al periodo de restablecimiento y reflexión para las víctimas de trata de seres humanos.
Según el art 59 bis de la LO4/2000 establece que son al menos 90 días.
Pero he visto en un protocolo marco de la policía que será de mínimo 30 días.
¿Alguien que me sepa decir cuál de las dos es buena? O si me he perdido algo de información que me aporte la Ley, Reglamento, etc. para buscarlo.
Muchas gracias!
NO RESPONDÁIS. Ya lo encontré.
No me deja editar.
 
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Unido
14 Ago 2018
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Buenas. Pregunta sobre arraigos. Tanto el arraigo social como el arraigo laboral requieren, entre otras cosas, que el extranjero haya residido en España de forma continuada. En el caso del laboral, requiere dos años de permanencia continuada, y en el caso del social 3 años. Entendemos que dichos extranjeros se encuentran en una situación irregular. Estas situaciones son penalizadas como faltas graves.

Entonces, ¿Sé le otorga al extranjero la residencia por arraigo y al mismo tiempo se le penaliza? ¿O es eximido de la falta?


Gracias
Según mi profe no se le penaliza directamente le das la residencia temporal...
 
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14 Ago 2018
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Una pregunta que tengo por aquí y no sé si estoy en lo correcto , cuando a un extranjero se le ingresa en un CIE porque se encuentra inmerso a un expediente disciplinario que puede llevar a la expulsión , si cuando se cumplen esos 60 días se ha dictado la resolución la cual es favorable a la expulsión , si no puede llevarse a cabo , podría ingresarse a ese extranjero otros 60 días pero esta vez no porque está en un trámite sino para ejecutar la orden de expulsión derivada del trámite del expediente disciplinario supongo no? Pregunto esto porque me he encontrado varias preguntas sobre si a un extranjero se le puede ingresar en un CIE por la misma infracción 2 veces , teóricamente la respuesta sería SI , ya que en un CIE se puede ingresar por 2 cosas :
1- porque está en tramite la resolución de un procedimiento que puede llevar a la expulsión .
2- cuando ya hay una resolución de expulsión para asegurarnos que el extranjero abandona el país , si en el plazo de 72 h no puede ser expulsado se le podrá ingresar en un CIE también...
 
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Spetsnaz

Amat Victoria Curam
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Una pregunta que tengo por aquí y no sé si estoy en lo correcto , cuando a un extranjero se le ingresa en un CIE porque se encuentra inmerso a un expediente disciplinario que puede llevar a la expulsión , si cuando se cumplen esos 60 días se ha dictado la resolución la cual es favorable a la expulsión , si no puede llevarse a cabo , podría ingresarse a ese extranjero otros 60 días pero esta vez no porque está en un trámite sino para ejecutar la orden de expulsión derivada del trámite del expediente disciplinario supongo no? Pregunto esto porque me he encontrado varias preguntas sobre si a un extranjero se le puede ingresar en un CIE por la misma infracción 2 veces , teóricamente la respuesta sería SI , ya que en un CIE se puede ingresar por 2 cosas :
1- porque está en tramite la resolución de un procedimiento que puede llevar a la expulsión .
2- cuando ya hay una resolución de expulsión para asegurarnos que el extranjero abandona el país , si en el plazo de 72 h no puede ser expulsado se le podrá ingresar en un CIE también...
No, en un CIE como máximo puede permanecer 60 días, si no se ha dictado resolución o no ha sido posible expulsar, a la calle. Esto es España.
 
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Piroclastico

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Una pregunta que tengo por aquí y no sé si estoy en lo correcto , cuando a un extranjero se le ingresa en un CIE porque se encuentra inmerso a un expediente disciplinario que puede llevar a la expulsión , si cuando se cumplen esos 60 días se ha dictado la resolución la cual es favorable a la expulsión , si no puede llevarse a cabo , podría ingresarse a ese extranjero otros 60 días pero esta vez no porque está en un trámite sino para ejecutar la orden de expulsión derivada del trámite del expediente disciplinario supongo no? Pregunto esto porque me he encontrado varias preguntas sobre si a un extranjero se le puede ingresar en un CIE por la misma infracción 2 veces , teóricamente la respuesta sería SI , ya que en un CIE se puede ingresar por 2 cosas :
1- porque está en tramite la resolución de un procedimiento que puede llevar a la expulsión .
2- cuando ya hay una resolución de expulsión para asegurarnos que el extranjero abandona el país , si en el plazo de 72 h no puede ser expulsado se le podrá ingresar en un CIE también...
Es posible ingresar a un extranjero en un CIE dos veces SIEMPRE QUE NO haya agotado los 60 días de estancia máxima, si los ha agotado o si se ha determinado que es imposible documentarlo no se le puede ingresar nuevamente (la primera porque legalmente no puedes y la Segunda porque el Juez no te deja)
 
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Unido
14 Ago 2018
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Es posible ingresar a un extranjero en un CIE dos veces SIEMPRE QUE NO haya agotado los 60 días de estancia máxima, si los ha agotado o si se ha determinado que es imposible documentarlo no se le puede ingresar nuevamente (la primera porque legalmente no puedes y la Segunda porque el Juez no te deja)
Entiendo! Según tengo entendido , y según pone en mi temario , no se podrá ingresar a un extranjero 2 veces en el CIE por el MISMO EXPEDIENTE , no sabía eso de que se podía si no ha cumplido los 60 días , igual en el examen me tiene que especificar si es por el mismo expediente o si no a cumplido el plazo íntegro...y a ver las.opciones... aunque no creo que se compliquen la vida con preguntas muy raras en ese sentido ....
 
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