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Impugnación de las notas finales de la oposición

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dieguin83

POLICÍA
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30 Mar 2009
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Alvaro dijo:
dieguin83 dijo:
Mucas gracias Akira, y a todos los que apoyais.
Yo por supuesto que estoy estudiando ya. La cita con mi abogado la tengo el lunes a las 10 de la mañana, asi que os iré informando. A juicio no me gustaria llegar para nada, aunque yo creo que si tenemos razon en nuestro recurso nos admitiran ya que a ellos tampoco les conviene juicio, he leido por ahi el caso de un guardia civil que entró a la academia despues de estar en juicios "x" años, y lo tuvieron que indemnizar por todos los años perdidos con una burrada de dinero, lo cual no les compensa a ellos tampoco llegar a juicio, es una perdida economica importante.


Claro si ganases el juicio, despues de 2, 3 ó 4 años, te deden de pagar los sueldos que te hubieran correspondido en todo ese tiempo trabajado, y ademas esos años te computan a efectos de escalafón, trienios, baremo, etc...Es decir, como si hubieras estado en el cuerpo, pero sin estarlo.
En dinero debe de ser un buen pellizco, al que ademas imagino que se le añadirá alguna indemnización. Y desde luego entrar en Ávila con la cabeza alta y el pecho fuera, orgulloso como el que mas.

Ya ve, personalmente no creo que me quiera meter en juicios, prefiero opositar de nuevo y yasta.
Espero que se tomen en serio mi recurso y contesten con algo, por lo menos que contesten, aunque no se yo ...un saludo Alvaro
 
Alvaro dijo:
dieguin83 dijo:
Mucas gracias Akira, y a todos los que apoyais.
Yo por supuesto que estoy estudiando ya. La cita con mi abogado la tengo el lunes a las 10 de la mañana, asi que os iré informando. A juicio no me gustaria llegar para nada, aunque yo creo que si tenemos razon en nuestro recurso nos admitiran ya que a ellos tampoco les conviene juicio, he leido por ahi el caso de un guardia civil que entró a la academia despues de estar en juicios "x" años, y lo tuvieron que indemnizar por todos los años perdidos con una burrada de dinero, lo cual no les compensa a ellos tampoco llegar a juicio, es una perdida economica importante.


Claro si ganases el juicio, despues de 2, 3 ó 4 años, te deden de pagar los sueldos que te hubieran correspondido en todo ese tiempo trabajado, y ademas esos años te computan a efectos de escalafón, trienios, baremo, etc...Es decir, como si hubieras estado en el cuerpo, pero sin estarlo.
En dinero debe de ser un buen pellizco, al que ademas imagino que se le añadirá alguna indemnización. Y desde luego entrar en Ávila con la cabeza alta y el pecho fuera, orgulloso como el que mas.

A parte de eso cuando juras el cargo da igual en el escalafon que quedes porque los primeros que eligen plazas son los de contencioso
 
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dieguin83

POLICÍA
Unido
30 Mar 2009
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celtic dijo:
Alvaro dijo:
dieguin83 dijo:
Mucas gracias Akira, y a todos los que apoyais.
Yo por supuesto que estoy estudiando ya. La cita con mi abogado la tengo el lunes a las 10 de la mañana, asi que os iré informando. A juicio no me gustaria llegar para nada, aunque yo creo que si tenemos razon en nuestro recurso nos admitiran ya que a ellos tampoco les conviene juicio, he leido por ahi el caso de un guardia civil que entró a la academia despues de estar en juicios "x" años, y lo tuvieron que indemnizar por todos los años perdidos con una burrada de dinero, lo cual no les compensa a ellos tampoco llegar a juicio, es una perdida economica importante.


Claro si ganases el juicio, despues de 2, 3 ó 4 años, te deden de pagar los sueldos que te hubieran correspondido en todo ese tiempo trabajado, y ademas esos años te computan a efectos de escalafón, trienios, baremo, etc...Es decir, como si hubieras estado en el cuerpo, pero sin estarlo.
En dinero debe de ser un buen pellizco, al que ademas imagino que se le añadirá alguna indemnización. Y desde luego entrar en Ávila con la cabeza alta y el pecho fuera, orgulloso como el que mas.

A parte de eso cuando juras el cargo da igual en el escalafon que quedes porque los primeros que eligen plazas son los de contencioso


hola celtic, por lo que dices imagino que conoces algun caso que se haya recurrido y acptado. No se si me equivocaré. gracias
 
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dieguin83

POLICÍA
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30 Mar 2009
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celtic dijo:
Conozco varios casos, en mi clase en Avila un compañero entro por contencioso y en mi clase de Aula otro compañero lo mismo.

Pero por temas de reconocimiento, o temas como el mio?
y otra pregunta si no te importa, han tenido que llegar a juicio siempre o han aceptado algun recurso??
Muchas gracias Celtic
 
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17 Sep 2007
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Alvaro dijo:
JavierCNP- dijo:
Debes tener en cuenta que los delitos se definen antes de aplicarle las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal (eximentes, atenuantes y agravantes), es decir que un delito doloso, aunque se le aplique un eximente sigue siendo un delito doloso (en tu caso es un eximente por inimputabilidad debido a una alteracion de la percepcion debido a la ingesta de bebidas alcoholicas)

Aun asi, esas circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal se aplican y se estipulan durante el juicio, si tu ya has sido juzgado, tu abogado puede cantar misa porque te tienes que abstener a lo que pone la sentencia...

Y sigo pensando que si coges un coche y tienes la capacidad de conducir, es delito doloso, totalmente intencional y no hay nada que hacer... normalmente los eximentes se le aplican a personas drogadas y casi siempre por el llamado "estado de necesidad"

Suerte.

Compañero, el Derecho Penal que se estudia en la oposicion es MUY básico y escaso como para aventaruarse a dar un veredicto tal como el que estas dando a dieguin. Quizás me equivoque y hayas estudiado por otro lado, pero a juzgar por el comentario, creo que no.
Yo desde luego no soy Doctor en Derecho, ni pretendo dármelas de sabio, pero creo que no es lo mejor lanzar comentarios de este tipo en asuntos graves, pues crean gran confusión en el que pregunta.

Lo ideal, dieguin, como bien has hecho ya, es acudir a un profesional, que para eso estan y para eso se le paga, que te guíe y te aconseje.
Por tu parte, por curiosidad, por informarte, y por debatirlo con tu abogado, puedes buscar jurisprudencia al respecto, para ver cómo se estan juzgando este tipo de delitos.

Suerte!!


No voy a valorar los consejos que los compañeros están danto a otros compañeros, sólo decir que cuando alguien pregunta algo en un foro de este tipo pidiendo opiniones, sabe que aquí no hay ningún jurista reconocido (o puede que sí, a saber...) pero creo que si uno sabe dónde se mete, sabe cómo tomar lo que aquí se dice, como opiniones, que es lo que se está pidiendo.
No creo que aquí venga nadie a sentar cátedra ni nada parecido, simplemente intentamos, con nuestros conocimientos, muchos o pocos, ayudar a un compañero que lo está pidiendo, sin pretender dárnosla de abogados ni nada parecido. Si alguien cree que nuestras opiniones son poco fundadas, que vaya a un foro de abogados en lugar de a uno de oposito
res.....
 
dieguin83 dijo:
Pues señores os cuento mi caso haber que os parece. He aprobado la entrevista con 60 puntos, psicos con 3,55 y apto en reconocimiento medico, nota final APTO*excluido por falta de requisito 3.1.1 f, es el de no haber sido condenado por delito doloso, .......
A mi en 2005 me retiraron el carnet de conducir un año por un positivo de alcholemia.me lo devolvieron en marzo de 2006, de ahi hay que contar 3 años para que prescriba, es decir, marzo de 2009. La entrevista la hice 8 dias despues de prescribirme.
A lo que voy es que voy a mandar un recurso a través de un abogado especialista en derecho administrativo, ya que mi caso es un delito imprudente y no doloso. Lo unico que te excluye segun las bases en el requisito que he nombrado son los delitos DOLOSOS. Entonces voy a recurrir aportando todas las pruebas necesarias y argumentando todo con un escrito hecho por un abogado especialista en esto, a ver si tengo suerte. Si conoceis algun caso de recurso parecido me gustaria que lo compartieseis. Un saludo


pues si es asi , y la sentencia te dice que es imprudente , recurrelo ,como decimos el NO ya lo tienen.

esto tambien viene bien para los que se piensen que han aprobado la fase de esta seleccion de oposicion , no la cagen por algo asi, y los que van para sucesivas promociones que tengan ojo con lo que hacen que luego todo influye.

un saludo.
 
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10 Jun 2007
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sent dijo:
Hola, si presento recurso a la División, ¿ellos tienen obligación de contestarme? ¿en qué tiempo han de hacerlo? Si mandan la carta por correo ordinario, ¿cómo sé yo que no se ha extraviado?

Buff demasiadas preguntas con contestacion incierta...Lo de tener obligacion, hombre no se...Obligacion, lo que se dice obligacion, dudo mucho que la tengan. De todas formas, el silencio administrativo equivale a negacion. Aunque yo imagino que si que contestan. Seguramente tengan plantillas hechas con contestaciones a segun qué recursos, y no les cuesta nada enviarlas, por eso dudo que no lo hagan.
El tiempo es incierto, ya sabes, las cosas de palacio van despacio.
Lo de la carta extraviada seria raro.

Mi consejo, y creo que es lo mejor que puedes hacer, es llamar a la DFP y comentar que interpusiste recurso hace X dias, y no te han contestado. Pregunta si es normal, y ya te dirán. Lo mismo te dicen que seguro que te han contestado y se ha extraviado de camino, o que no seas impaciente que hay cientos como el tuyo y que eso lleva un tiempo (será esto ultimo lo mas seguro).

Un saludo y suerte!
 
Mensaje de GASPARIN:

GASPARIN dijo:
Hola a todos quisiera saber si hay alguien más no apto por discromatopsia, es mi caso aún sacando 60 puntos en la entrevista.

Voy a recurrir ya que es muy leve y no dificulta para nada mi vida cotidiana ni mucho menos dificultaría mi posible vida policial ya que solo confundo algunos matices del color.

Si alguien se encuentra en mi caso, me gustaría que me mandase información, estoy bastante desesperado con le tema.

Un saludo
 
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10 Sep 2007
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Hol, cuento mi caso. Tengo todos los examenes aprobados y la entrevista, soy No Apto por deficit de vision en el ojo derecho de 0.5, pero tengo informes medicos anteriores y posteriores que prueban que mi vision es de 0.8, sin correccion. vosotros conoceis de algun caso parecido¿? sabeis si al tener pruebas tan obvias haria falta llegar a juicio¿? y la ultima, cuanto tardaria mas o menos el recurso de alzada y el contencioso si lo hubiera¿?¿? gracias y un saludo. . .
 
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Unido
6 Abr 2009
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Athenea dijo:
Mensaje de GASPARIN:

GASPARIN dijo:
Hola a todos quisiera saber si hay alguien más no apto por discromatopsia, es mi caso aún sacando 60 puntos en la entrevista.

Voy a recurrir ya que es muy leve y no dificulta para nada mi vida cotidiana ni mucho menos dificultaría mi posible vida policial ya que solo confundo algunos matices del color.

Si alguien se encuentra en mi caso, me gustaría que me mandase información, estoy bastante desesperado con le tema.

Un saludo

En el BOE, dice claramente que la discromatopsia es motivo de exclusión definitiva, pero no indica grado.
4. Exclusiones definitivas.
4.1. Ojo y visión.
4.1.1 Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal
en ambos ojos.
4.1.2 Queratotomía radial.
4.1.3 Desprendimiento de retina.
4.1.4 Estrabismo.
4.1.5 Hemianopsias.
4.1.6 Discromatopsias.
4.1.7 Cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal Médico,
dificulte de manera importante la agudeza visual.


También he de decirte, que las discromatopsias, reciben nombres diferentes en función de los colores implicados,
Protanomalía: Dificultad para diferenciar el color rojo y gris.
Protanopia: Falta del total sistema receptor para el color rojo y gris(ceguera para el color rojo y gris).
Deuteronomalía: Dificultad para diferenciar el color negro.
Deuteranopia: Falta total de los receptores para el negro (ceguera para el color negro).
Tritanomalía: Dificultad para diferenciar el color amarillo.
Tritanopia: Falta total de receptores para el amarillo (ceguera para el color amarillo).
Acromatopsia: es la ausencia total de la percepción de colores o ceguera para los colores verde, azul, blanco y rosa.
Glihanfortinosa: es el desgaste total de la enzima que da el tono del pigmento a la retina, no distingue el color violeta con el naranja.

Si tu no tienes capacidad visual para distinguir un color determinado, lo veo crudo el recurso, pero claro, si tu consideras que es leve, entiendo que distingues los colores...........
Por intentar el recurso que no quede.
Animo y que te vaya bien.
 
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30 Jun 2009
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No es por nada Dieguin, pero no existe el delito imprudente al que te refieres,Si das positivo en grado superior a 0,6mgr/L es delito del art 379 C.P, doloso como una casa, y si das menos pues mera infraccción administrativa, pero si fue delito es doloso.
 
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dieguin83

POLICÍA
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30 Mar 2009
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garibadi dijo:
No es por nada Dieguin, pero no existe el delito imprudente al que te refieres,Si das positivo en grado superior a 0,6mgr/L es delito del art 379 C.P, doloso como una casa, y si das menos pues mera infraccción administrativa, pero si fue delito es doloso.

Eso que comentas es en la actualidad, con la reforma que se hizo en el 2007 a la seguridad vial, pero en 2004 creo que no.
El abogado que me ha hecho el recurso dice que es delito doloso, pero también me ha hecho saber que mi delito prescribió en 2007, y no en marzo de 2009 como yo me pensaba. Me he leido los articulos que ha nombrado en mi recurso y lleva toda la razon, asi que por lo que voy a recurrir es porque mis antecedentes estaban mas que prescritos a la hora de echar la instancia, pero no borrados de oficio, sino que solicité su cancelación yo mismo en marzo de este año, y se me han borrado a finales de junio.
 
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17 Sep 2007
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Pero en tu caso el problema no es la prescripción. Si has sido condenado por delito doloso, estás fuera, haya prescrito o no, esté cancelado o no, porque el requisito es "no haber sido condenado por delito doloso", nunca no dice nada de la prescripción. Así que si fue doloso....
 
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